viernes, 17 de octubre de 2008

PARA UNA POLÍTICA EFECTIVA DE DERECHOS HUMANOS EN LAS RELACIONES EXTERIORES DE LA UE HACIA AMÉRICA LATINA

“La política de cooperación al desarrollo es la mejor aportación a la paz en el Siglo XXI.” “Dónde crece el hambre no hay sitio para la paz” Willi Brandt

En América Latina viven hoy más de quinientos millones de personas en una superficie de 20.556 kilómetros cuadrados. En las últimas décadas el subcontinente americano que conocemos con el nombre de América Latina se ha caracterizado por los siguientes rasgos:

Producir diversos intentos de estabilización económico-financiera que no se han consolidado en la mayoría de los casos;

Convertirse en la región en la cual conviven los contrastes más radicales en cuánto a justicia social se refiere;

Algunos beneficios económicos logrados mediante políticas gubernamentales no se han reinvertido o no se han traducido en un mejor bienestar de la gran parte de la población;

La democratización de sus Estados y sociedades vive cíclicamente retrocesos significativos;

Las violaciones a los Derechos Humanos no son en la actualidad tan palpables como en el pasado, aunque no se aseguren todos los estándares deseables de seguridad jurídica;

Existencia de una relación ambivalente con el proceso de globalización desarrollado a nivel planetario de la cual podemos destacar las diferentes opiniones suscitadas por iniciativas del tipo del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA).

América Latina representa en la actual formulación de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) de la Unión Europea (UE) un gran reto aún por explorar en la mayoría de sus posibilidades. Nos preguntamos: ¿Por qué puede llegar a ser tan importante América Latina para la Unión Europea en su conjunto?

En un mundo marcado por los ataques terroristas de unos fanáticos religiosos sobre las Torres Gemelas estadounidenses el pasado 11 de septiembre de 2002, América Latina es percibida como un aliado estable;


En procesos de integración regional como puede ser Mercosur en los años que vienen será muy importante, desde el punto de vista europeo, desarrollar una estrategia programada que sea autónoma de los planes estadounidenses;


Geoestratégicamente deben calcularse los efectos producidos por las iniciativas del ALCA y la cooperación panoceánica con la otra ribera del Pacífico, o sea, el Sureste Asiático, a partir de la iniciativa de APEC;


Europa debe ser consciente de su pérdida de influencia en la región, más allá de su presencia inversora, frente a la presencia en aumento de la sombra de los Estados Unidos.

Muchos somos de la opinión que en los cuatros puntos mencionados, España debe jugar un rol de catalizador y líder en su propósito de incrementar y estrechar el vínculo euro-latinoamericano. Actualmente, parte de este propósito, gracias también a la colaboración de Portugal, se está canalizando a través de la organización y consolidación paulatina de las respectivas Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno.

Por otro lado, la política europea de Derechos Humanos no debe situarse tan sólo en el marco de las exigencias de las normas básicas del Derecho Internacional Público, sino que debe consolidarse como aquel principio fundador de la misma Unión Europea capaz de extenderse más allá de su territorio hasta alcanzar una poryección universal. Quizás sea el impulso europeo el que acabe dotando de mecanismos eficientes en el seno de la Organización de las Naciones Unidas capaces de gobernar la intransigencia de los conflictos armados y del crimen internacional

Desde la institucionalización del Diálogo Político europeo impulsado durante los años setenta, y más tarde con la articulación de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) a partir de la ratificación del Tratado de Maastricht, la política europea de respeto a los Derechos Humanos ha ocupado un lugar insustituible en la orientación de las relaciones exteriores de la comunidad europea. Pese a esto, ha existido siempre en el seno de la organización europea una preocupación evidente frente a la imposibilidad de aplicar unos preceptos, que realmente son de origen interno, en el ámbito de sus relaciones externas. Sin duda, si el respeto a los Derechos Humanos se convirtiera en la pieza angular de la actuación europea, muchos de sus vínculos exteriores quedarían limitados por ese mismo condicionante. La proclamaci{on reciente de la Iniciativa Europea sobre Derechos Humanos ha sido el acontecimiento más destacado a la hora de promover esa política que reclamamos en un marco que no pueda suponer un recorte sustantivo al resto de políticas europeas implementadas.

Tampoco se debe pasar por alto en la reflexión planteada que cualquier política que promueva el respeto a los Derechos Humanos, por sí mismos universales, no debe constreñirse únicamente al área tradicional de la política exterior europea, sino que debiera incluir la cooperación al desarrollo con los países más necesitados, la redefinición de las normas que regulan el comercio internacional, así como el control de armamento, la protección medioambiental, la política de control de los flujos migratorios y la consolidación de un Tribunal de Justicia que superara la lógica de la soberanía nacional y de las fronteras estatales, sólo por citar algunos ejemplos.

Sin duda, en este objetivo que nos puede unir a favor de llevar a la práctica la concepción universal de los Derechos Humanos, existe el riesgo sincero que conllevaría una instrumentalización de la aplicación de los derechos humanos mediante objetivos políticos y geoestratégicos. Tenemos el ejemplo descarado de la acción exterior de los Estados Unidos en Guatemala, Chile, El Salvador, Nicaragua, Grenada o Panamá, por citar algunos casos de intervención militar excusada bajo el pretexto de la defensa de las libertades fundamentales de los habitantes de los respectivos países. Al respecto, la doctrina del Derecho Internacional aún está debatiendo las posibilidades que puede aportar un uso común de la intervención humanitaria o injerencia en situaciones límite en las que exista una percepción de genocidio o ataque frontal a cualquier comunidad indefensa del planeta. Si tomamos el caso de Haití, los marines estadounidenses actuaron bajo el respaldo de la misma comunidad caribeña y latinoamericana con el objetivo de proteger a la población de unos militares subversivos, al mismo tiempo que ponían freno al éxodo de los “boot people” con dirección a la costa de Florida.

En el caso de Colombia, más concretamente, estamos viviendo una cruzada entre las posiciones defendidas por los Estados Unidos y la Unión Europea, como mínimo en el ámbito del discurso, aunque sería todo más discutible nuevamente en el terreno de la práctica. Washington ha decidido jugar la carta de la presencia militar, no sólo con el objetivo de solucionar la cuestión colombiana, sino también con la aspiración de vigilar la Venezuela de Chávez, controlar la producción de coca en la misma Colombia y Bolivia, e introducirse en Ecuador. Está colaboración militante entre los gobiernos de Bush y Uribe es una opción política que no prioriza el fomento de la política de respeto a los derechos humanos, como debiera ser la postura europea, sino que se concentra en la eliminación del cáncer enemigo, que no soluciona en sí mismo las reivindicaciones de la pobreza y de la marginación.

Otro foco, también caliente desde hace décadas, de implicación de la política de derechos humanos en el subcontinente latinoamericano, lo encontramos en Cuba. No sería tanto el objetivo principal del debate a introducir en suelo europeo, discutir sobre la legalidad o legitimidad del gobierno castrista, cómo favorecer mediante el diálogo y las pertinentes recomendaciones la introducción de cambios positivos dento del régimen en su relación con el respeto a los derechos humanos de todos los ciudadanos cubanos. Ningún embargo puede ser una política de acuerdo al respeto a los derechos humanos, en cambio seguramente sí se pondrían de acuerdo Europa y la isla caribeña en hablar de mejores substanciales en los niveles de la calidad de vida del ciudadano cubano de a pie en cuestión. La cooperación al desarrollo nos abre aquí una serie inmensa de posibles acciones a emprender.

La conclusión que se puede extraer más fácilmente del artículo en cuestión es la exposición en voz alta por parte del autor del mismo ante la comunidad europea centrada en defender el desarrollo de más y mejores mecanismos de respeto a los derechos humanos en su relación con el subcontinente latinoamericano. Una vez la Unión Europea ha reconocido que quiere hacer efectiva la imposición de la cláusula de respeto a los derechos humanos a aquellos países con los quiere establecer relaciones de cualquier tipo, hemos de plantearnos los europeos de qué forma pueden ser compatibles en el futuro las declaraciones con los hechos. La cláusula de respecto a los derechos humanos debería dejar de utilizarse como un simple indicador para calibrar interpretaciones sobre lo que ocurre en Colombia o Cuba, por citar sólo dos ejemplos, para convertirse directamente en una especie de semáforo que dictaminara por dónde se podría ir de la mano con un socio determinado, en nuestro caso latinoamericano, y por dónde se nos prohibiría. La cláusula de respeto a los derechos humanos no debiera confundirse con la cláusula democrática, más desarrollada en el seno de la Unión Europea, pese a la evidente relación entre ambas, tema de otro artículo. La apariencia democrática de algunos régimenes no deben dejar impunes, en ningún caso, las violaciones a los derechos humanos, que pueda realizar un socio comercial o estratégico. (**)


FEBRERO DE 2003


(*) Texto basado en las conclusiones aportadas por la Tesis, realizada por el mismo autor, presentada con el mismo título, para la obtención del título de Máster en Derecho Comunitario otorgado por el Europa-Institut de la Universidad del Sarre en Saarbrücken, Alemania.

(**) El autor quiere expresar su agradecimiento al Servicio de Intercambio Académico Alemán (DAAD) y a La Caixa, que le han permitido, mediante su apoyo económico, realizar la culminación de sus estudios en Alemania; agradecimiento extendido a los compañeros del Europa-Institut de la Universidad del Sarre y del Ministerio Federal Alemán de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ); especialmente al Director de la Sección del BMZ de Cooperación con Centroamérica y el Caribe, el Sr. H. Dehn; a los Profesores T. Stein y G. Polakiewizc, que se han ocupado de la corrección de la Tesis presentada para la obtención del título de Máster en Derecho Comunitario; a los habitantes de la Residencia de Estudiantes de la ESG de Saarbrücken; a su madre y a su esposa.


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